|
PUENTES ENTRE EL COMERCIO Y EL
El
Camino a Cartagena La siguiente es una adaptación de la declaración de la delegación de Colombia al final del GTBS-5 en Montreal en agosto 1998. Colombia será el país anfitrión del GTBS-6, la última ronda de negociación programada para elaborar el Protocolo de Bioseguridad. Uno de los objetivos de la Convención de Biodiversidad es la conservación de la diversidad biológica y sus componentes. Tres años atrás, las Segunda Conferencia de las Partes reconoció que, si bien la biotecnología moderna, desarrollada y utilizada de manera apropiada, podría tener efectos positivos sobre el bienestar humano, hay importantes vacíos en el conocimiento sobre la interacción de los organismos vivos modificados derivados de la biotecnología moderna y la diversidad biológica, particularmente con la biodiversidad de países que son centro y origen de diversidad genética. La Segunda Conferencia de las Partes, en su decisión sobre un instrumento internacional sobre bioseguridad, también decidió que debería proveer un marco eficiente y efectivo para garantizar que el movimiento transfronterizo de Organismos Vivos Modificados (OVMs) se desarrolle en condiciones de seguridad. Con este fin, la Conferencia de las Partes resolvió que el Protocolo de Bioseguridad debería basarse sobre un procedimiento que incluya el consentimiento informado previo y debería tomar en cuenta el principio precautorio así como los vacíos existentes en el Derecho Internacional. Al momento, este Grupo de Trabajo, en cumplimiento del mandato de la Segunda Conferencia de las Partes, ha consolidado en los últimos dos años las diferentes opciones para los artículos del Protocolo, y está finalmente negociando varias provisiones. Vale la pena resaltar los resultados positivos obtenidos por este grupo al momento: * La gran mayoría de los artículos han sido simplificados al punto de presentar hoy una sola opción. Esto, a su vez, permite una mejor identificación de los procedimientos y posiciones en conflicto con miras a las próximas negociaciones, que esperamos se desarrollen con éxito en Colombia. * Adicionalmente, la clara definción de OVMs aquí lograda facilita la comprensión del contexto de aplicación del Protocolo. * Respecto a la cláusula de responsabilidad y compensación, hemos logrado un texto básico que sin duda facilitará las discusiones en Colombia. Dado que Colombia es uno de los países más biodiversos del mundo y es Parte de la Convención de Biodiversidad, sentimos la necesidad de expresar a la Plenaria las siguientes preocupaciones: * La información científica disponible hoy relativa a los efectos de los OVMs sobre la diversidad biológica proviene de estudios de riesgo desarrollados en países que producen OVMs (regiones templadas, con sistemas agrícolas homogéneos), lo que significa que esta información es aún insuficiente para tomar decisiones responsablemente en países con alta biodiversidad y sistemas agrícolas altamente diversos. Durante este proceso negociador hemos visto una tendencia a promover la posición de que es esencialmente, o inclusive solamente, la información científica existente la que debe fundamentar las decisiones sobre la importación de un OVM. Esto pone en peligro la aplicación del principio precautorio como principio central que organiza el Protocolo. * Hay una clara tendencia a la creación de mayores obligaciones y responsabilidades para países importadores que para los exportadores. En este sentido, los países importadores tendrían las responsabilidades y obligaciones respecto a la aplicación de procedimientos de consentimiento informado previo, en tanto que los exportadores asumirían el cómodo rol de meros espectadores del proceso de notificación, de análisis y manejo de riesgos y de juicios de responsabilidad por posibles daños causados por OVMs a la diversidad biológica de países importadores. * También nos preocupa la consolidación de listas de OVMs, sean positivas o negativas, ya que toda lista implica una decisión a priori sobre el impacto de un OVM sobre el medio ambiente. En un instrumento legal recién nacido, orientado a regular los productos de una igualmente nueva tecnología, es más probable que la elaboración esté basada más sobre las potencialidades comerciales de un OVM particular que sobre experimentos a través de los cuales, con los años, podríamos adquirir información de sus impactos sobre la diversidad biológica. * Finalmente, creemos que las discusiones sobre Responsabilidad y Compensación, que son vitales - entre otras razones - como incentivos para el movimiento transfronterizo, manipulación y uso de Organismos Vivos Modificados, fue postergada innecesariamente para el último minuto, creando así la posbilidad de que este tema no sea resuelto en Colombia. A duras penas podríamos llamar Protocolo de Bioseguridad a este instrumento si se convierte en no más que un mecanismo para intercambiar cierto tipo de información y adicionalmente pone la carga de la responsabilidad por el movimiento transfronterizo en los países importadores. Como país que se ha ofrecido como sede de la reunión final de este grupo y de la sesión extraordinaria de la Conferencia de las Partes para aprobar el texto del Protocolo, Colombia desea expresar su compromiso y espíritu de conciliación para traer a fructífera conclusión el proceso de negociación del Protocolo de Bioseguridad, que incorporará de manera equilibrada y complementaria los objetivos de la Convención de Biodiversidad y del mandato de la Segunda Conferencia de las Partes, de asegurar que el Protocolo, a través de medidas transparentes y efectivas pueda reducir el nivel de riesgo asociado con el movimiento transfronterizo de OVMs. En este sentido, los principios rectores que deben permear el Protocolo son aquellos relacionados al principio precautorio y la responsabilidad común pero diferenciada de los países importadores y exportadores. Como expresáramos al inicio de la Quinta Sesión del Grupo de Trabajo, Colombia los espera con los brazos abiertos, pero también con una mano extendida para lograr el espíritu de cooperación necesario para asegurar la efectividad y durabilidad del Protocolo que seguramente se adoptará en Cartagena. RECUADRO A duras penas podríamos llamar Protocolo de Bioseguridad a este instrumento si se convierte en no más que un mecanismo para intercambiar cierto tipo de información y adicionalmente pone la carga de la responsabilidad por el movimiento transfronterizo en los países importadores. |
||||||||||||
|
ICTSD
Home
| News
Digest | Calendar
| Publications
| Virtual
Bridges | Mailbox |
||||||||||||
|
Copyright 1997 International Centre for Trade and Sustainable Development, All rights reserved. |
||||||||||||