Puentes QuincenalVolumen 4Número 8 • 1 de mayo de 2007

Disputa sobre neumáticos: e

l GE entrega su informe; posible victoria para ambas partes

Aparentemente tanto Bruselas como Brasilia habrían expresado su satisfacción con la decisión del Grupo Especial (GE) sobre la disputa de la OMC, referente al reclamo de las Comunidades Europeas (CE) respecto de las restricciones brasileñas a las importaciones de neumáticos recauchutados. El informe entregado a las dos partes el 23 de abril, permanecerá confidencial hasta mediados de junio. La UE y Brasil se mostraron reticentes sobre los detalles de la decisión.

Los "neumáticos recauchutados" son neumáticos viejos que fueron reprocesados para un segundo uso. El conflicto en este caso se debe a una serie de medidas comerciales impuestas por Brasil sobre los neumáticos recauchutados. Las CE reivindicaron que la política de Brasilia, de permitir importaciones de neumáticos recauchutados provenientes del MERCOSUR al tiempo que prohíbe las importaciones provenientes del resto del mundo, comporta una violación de las reglas de la OMC.

Brasil justificó sus barreras a la importación alegando cuestiones relacionadas con el medio ambiente y con la salud. Dicho país sostiene que la vida útil de tales neumáticos es más corta, y por lo tanto su uso estaría fuertemente conectado a la polución y otros efectos adversos causados por tales desechos. Brasilia también afirmó que los neumáticos recauchutados se transforman en medios propicios para la reproducción de mosquitos que esparcen enfermedades como la malaria y la dengue. Consecuentemente, el país dijo que tales medidas deben ser exentas de las sanciones ya que están amparadas en artículo XX del GATT, que describe las circunstancias bajo las cuales los miembros pueden desviarse de sus obligaciones ante la OMC - por ejemplo, restringiendo el comercio para proteger la salud pública y los recursos naturales no renovables.

Sin embargo, el párrafo introductorio del artículo XX especifica que tales medidas están permitidas solamente cuando "no se apliquen en forma que constituya un medio de discriminación arbitrario o injustificable… o una restricción encubierta al comercio internacional".

Es por tal motivo que la política de Brasil, de aceptar las importaciones del los Miembros del MERCOSUR, mientras que rechaza aquellas provenientes de otros países, es potencialmente problemática. Con respecto al arbitraje del MERCOSUR que lo obliga a excluir a Argentina, Paraguay y Uruguay de dichas restricciones a la importación, Brasilia argumentó que el país simplemente no está equipado para tratar tal cantidad de desperdicio adicional que se generaría de permitirse la importación de neumáticos recauchutados de la UE.

En una nota de prensa en respuesta la decisión del GE, el Ministro de las Relaciones Exteriores de Brasil, Celso Amorim, describió la decisión como "ampliamente favorable" a sus argumentos. El Ministro "reconoció con gran satisfacción la sensibilidad del GE a los desafíos ambientales y sanitarios enfrentados por el país".

Fuentes comerciales cercanas al proceso afirmaron que es factible que el panel haya fallado en contra de la manera en como Brasil aplicaba sus restricciones, al afirmar su necesidad - y consecuentemente su derecho - de obstruir el comercio con el fin de alcanzar objetivos ambientales y de salud.

El GE habría concordado con el hecho de que las restricciones a las importación brasileñas coinciden con "la prueba de necesidad" del artículo XX (b) y (g) del GATT que requiere medidas respectivamente "necesarias a la protección de la vida y de la salud de las personas, de los animales o para preservar los vegetales" o para la conservación "de los recursos naturales agotables". Sin embargo, el GE concluyó que las medidas estaban de hecho siendo aplicadas de una forma arbitraria y no podían ser comprendidas dentro de las exenciones del párrafo introductorio.

El Ministro Celso Amorim afirmó que como se esperaba, " …el panel mantuvo las mismas conclusiones del informe de provisional", que había sido circulado a ambos las partes en 12 de marzo. En aquella ocasión, Roberto Azevedo, un alto funcionario del Ministerio de las Relaciones Exteriores, insistió en el hecho de que no hay nada de ese informe que obligue Brasil a reabrir su mercado a las importaciones de neumáticos recauchutados, como reivindicaron las CE. Dicho funcionario había dicho también que el GE dictaminó que Brasil tenía el derecho de ejecutar tales restricciones de importación por razones de salud pública y por motivos ambientales, lo que significa que sólo bastarían algunos "ajustes" para permitir que Brasil mantenga su prohibición de importación.

A pesar de que Bruselas no está dispuesta a confirmarlo en este momento, se presume que, en el caso de que el GE considere que las restricciones de importación están en conformidad con artículo XX, las CE apelarán el informe.

Una vez que el informe será divulgado al público a mediados de junio, las CE y Brasil tendrán 60 días para hacer una apelación.

Reportaje de CINPE y ICTSD