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BREVES
MULTILATERALES
OMC
falla otra vez en contra de EE.UU. en caso de zeroing; México
ganador
El Órgano
de Apelación (OA), máximo tribunal en la OMC, acaba
de reiterar que la práctica de reducción a cero de
EE.UU. (o 'zeroing' en inglés) es inconsistente con las obligaciones
que ese país debe cumplir en el plano comercial multilateral.
Lo anterior en el contexto de la disputa que México iniciara
hace dos años en contra de su vecino del norte por la imposición
de medidas antidumping definitivas sobre acero inoxidable.
El informe del
OA se dio a conocer el pasado 30 de abril y revierte todas las constataciones
del Grupo Especial (GE) que fueron apeladas. Concluye que la práctica
de reducción a cero es, en todas los supuestos, contraria
a disposiciones de la OMC. Tal práctica es controvertida
debido a que EE.UU. normalmente "infla" las cuotas antidumping
al igualar a cero los resultados intermedios en los que se encontrarían
márgenes negativos (precio de exportación mayor al
valor normal) antes de promediarlos -lo que se traduce en cuotas
antidumping más altas o que no hubieran sido aplicables de
otro modo-.
Cabe mencionar
que el GE había tomado el riesgo de ir en contra de conclusiones
anteriores del OA que apuntaban a que el 'zeroing' no estaba en
línea con el GATT y el Acuerdo Antidumping . El OA llamó
la atención a este hecho -primera vez que sucede-,
y expresó "profunda preocupación" porque
el GE se había apartado de la jurisprudencia del OA -aunque
finalmente lo excusó diciendo que no había comprendido
las disposiciones legales. Afirmó que el actuar del GE tenía
serias implicaciones para el adecuado funcionamiento del sistema
de solución de controversias de la OMC, refiriéndose
a que se estaba mermando la función del OA de aclarar el
alcance de derechos y obligaciones de los Miembros, a través
de lo cual brinda seguridad y predictibilidad.
El GE había
afirmado que la práctica de 'zeroing' estaba permitida en
algunas circunstancias ('zeroing' simple en revisiones periódicas).
México por lo tanto decidió llevar su reclamo ante
el OA -quien finalmente le dio la victoria-.
No es sorprendente
que las reacciones en torno de este caso sean encontradas. México,
por su lado, ha expresado confianza en que EE.UU. actuará
de conformidad con la OMC y retirará las medidas antidumping,
según comentó Carlos Véjar, consejero en la
Misión de México en Ginebra. Por su lado, Gretchen
Hamel, vocera del Representante de Comercio de EE.UU., expresó
decepción por cómo el OA se ha conducido, inventando
nuevas obligaciones que limitan el uso de las medidas antidumping
y que no fueron acordadas por los Miembros de la OMC.
Sin embargo,
la perspectiva de EE.UU. no es compartida por la gran mayoría
de los países. En otras palabras, el 'zeroing' no es bien
visto en la OMC; tampoco en las negociaciones del Grupo de Normas.
Ahí EE.UU. ha empujado fuertemente el tema y conseguido que
el texto del Presidente, el Embajador Guillermo Valles Galmés
(Uruguay), se decante a favor de esa práctica -aunque cosa
muy diferente es que en definitiva los negociadores vayan a aceptar
la perspectiva estadounidense-.
Las conclusiones
del OA son guía importante para dirimir disputas subsecuentes
y dan una idea de lo que es correcto o incorrecto ante los ojos
de la OMC
Se espera que
el informe sea adoptado por los Miembros una vez que pasen los 30
días reglamentarios siguientes a su distribución.
El informe completo está disponible en: http://docsonline.wto.org/GEN_viewerwindow.asp?http://docsonline.wto.org:80/DDFDocuments/v/WT/DS/344ABR.doc
Reportaje ICTSD
y CINPE; fuentes consultadas:
WTO rules against
U.S. in Mexico dumping appeal (2008, 2 de mayo). World Trade News.
CITES:
mala nota para latinoamericanos en manejo de caoba
Varios países
latinoamericanos deberán cumplir con la presentación
de estudios que demuestren la sostenibilidad de sus extracciones
y comercio de la caoba, so pena de ver suspendido su comercio. Esta
fue una de las resoluciones adoptadas en el marco de la 17ª
y 23ª Reunión de los Comités de Plantas y Animales
del Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas
(CITES, por sus siglas en inglés).
Los siguientes
países fueron incluidos dentro del Proceso de Comercio Significativo
(RST por sus siglas en inglés) para el caso de la caoba:
Belice, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guyana,
Honduras, Nicaragua, Panamá, Perú, República
Dominicana, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucia y Venezuela.
Este proceso
implica que los países deben enviar información detallada
a CITES acerca del manejo local de la caoba, incluyendo un inventario
de la población, número de individuos, tipo de crecimiento,
así como datos de las exportaciones y las importaciones,
de manera que se demuestre que la extracción y comercio actuales
responden a criterios de sostenibilidad. Si la información
no fuese remitida a CITES o bien fuese insatisfactoria, el caso
podría elevarse al Comité Permanente y en el supuesto
más grave, incluso conllevar a la suspensión del comercio.
La decisión obedece a que, de todos los informes que se esperaban,
sólo 10 países hicieron su envío a tiempo;
esto sin contar que hubo grandes diferencias en torno a la calidad
entre unos y otros informes. La posibilidad de que en esta 17ª
Reunión del Comité de Plantas se incluyera a algunos
países en el RST estaba contemplada en el Plan de Acción
de la Caoba, adoptado por la 14ª Conferencia de las Partes
en junio de 2007.
Para algunos,
esta decisión se vislumbra como poco efectiva, pues para
el momento en que el RST llegue a ser efectivamente implementado
(se calcula que para el año 2011), la mayoría de países
tendrían que haber implementado el Plan de Acción
de la Caoba. Además, si dicho plan se implementa correctamente,
no habría necesidad del RST pues aquél es más
estricto.
El caso particular
del Perú fue calificado como problemático, ya que
a pesar de que ha reducido sus exportaciones de caoba, no ha sido
capaz de presentar dictámenes de extracción no perjudicial.
En ese país,
inclusive antes de culminadas las reuniones de los Comités
en Ginebra, el Instituto Nacional de Recursos Naturales adoptó
una resolución mediante la cual redujo el cupo autorizado
de exportación de la caoba de 755 a 715 árboles para
el presente año. Con esta medida se espera lograr un mayor
control de las exportaciones de esta tipo de madera, garantizando
que los árboles provengan de concesiones y permisos de aprovechamiento
forestal que sean inspeccionados y supervisados.
Mientras tanto,
sólo tres países, Brasil, Guatemala y México
fueron exonerados de integrar el RST debido a que sus reportes fueron
calificados como satisfactorios.
Los Comités
de Flora y Fauna de CITES son entidades científicas cuyos
dictámenes se utilizan como base para la adopción
de decisiones en las Conferencias de las Partes. De esa forma, CITES
busca garantizar que sus resoluciones tengan una base estrictamente
científica, y no solamente política o comercial. A
ello responde que el trabajo de los comités haya sido elogiado
por mantener su objetividad científica y no sucumbir a los
razonamientos de índole política y comercial, particularmente
para los casos de la caoba y los tiburones.
Reportaje ICTSD y CINPE; fuentes consultadas:
Convenio sobre
el Comercio Internacional de Especies Amenazadas -CITES- (junio,
2007). Plan de acción para el control del comercio internacional
de caoba de hoja ancha (Swietenia macrophylla). Consultado el 30
de abril de 2008 en http://www.cites.org/esp/dec/valid14/annex3.shtml
Inrena redujo
cupo de exportación de caoba para mantener exhaustivo control
de la especie (2008, 22 de abril). Andina. Consultado el 30 de abril
de 2008 en http://www.andina.com.pe/Espanol/Noticia.aspx?Id=bAr2cOdXJC0=
International
Institute for Sustainable Development -IISD- (2008, 28 de abril).
Summary of the 17th Meeting of the Plants Committee , the Joint
Session with the Animals Committee and the 23rd Meeting of the Cites
Animals Committee: 15-23 april 2008. Consultado el 30 de abril de
2008 en http://www.iisd.ca/download/pdf/enb2162e.pdf
Los países
latinoamericanos instados a informar sobre la extracción
y comercio de caoba. (2008, 19 de abril). Actualidad Terra. Consultado
el 30 de abril de 2008 en
http://actualidad.terra.es/ciencia/articulo/paises_latinoamericanos_instados_informar_extraccion_2411297.htm
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